Deporte Limpio: Normativa

El Código Mundial Antidopaje es el documento principal que armoniza las políticas, normas y reglamentos antidopaje dentro de los organismos deportivos y entre las autoridades públicas de todo el mundo. El Código entró en vigor en enero de 2004, pero ha ido evolucionando para ajustarse a las necesidades de la comunidad antidopaje. La actual versión entró en vigor el 1 de enero de 2015.Como parte integral del Código Mundial Antidopaje, y con el objetivo de conseguir también la armonización en diversas áreas técnicas, se publican cinco Estándares Internacionales:

  • Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos. En este documento se recogen las sustancias y métodos que se encuentran prohibidos en el deporte, distinguiendo entre aquellos prohibidos siempre, los prohibidos solamente durante la competición y los prohibidos en determinados deportes.
  • Estándar de Controles e Investigaciones. Su objetivo es la planificación de controles inteligentes y efectivos y mantener la integridad e identidad de las muestras desde la notificación al deportista hasta el transporte de las muestras al laboratorio para su análisis.
  • Estándar de Laboratorios. Establece los requisitos que deben cumplir los laboratorios acreditados por la AMA para la realización de los análisis de las muestras de controles de dopaje desde su recepción hasta el envío de los resultados a la autoridad del control, incluyendo la custodia de las muestras.
  •  Estándar para las Autorizaciones de Uso Terapéutico. Creado para proteger el derecho de los deportistas a recibir tratamiento médico bajo ciertas condiciones. Aunque la mayoría de las enfermedades comunes se pueden tratar con medicamentos que no contienen sustancias prohibidas, en determinadas condiciones médicas legítimas, los deportistas pueden necesitar utilizar medicamentos que las contengan.
  •  Estándar para la Protección de la Privacidad y la Información Personal. El objetivo es asegurar que todas las partes relevantes implicadas en la lucha contra el dopaje en el deporte se adhieran a un conjunto de requisitos mínimos de protección de la privacidad durante la recogida y utilización de la información personal del deportista.

Estos documentos también han ido evolucionado a través de procesos consultivos y son, junto con el Código, de obligado cumplimiento por parte de los organismos firmantes del Código.

La UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura) es responsable del desarrollo y la implementación, junto con los gobiernos nacionales, de la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte. La Convención establece el marco legal que permite a los gobiernos signatarios del Código armonizar esfuerzos en la lucha contra el dopaje y alinear su legislación nacional con el Código Mundial Antidopaje.