AMA publica la lista de personal de apoyo inhabilitado

Como parte de su papel de orientador de las organizaciones antidopaje, la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) ha publicado hoy una lista del personal de apoyo que se encuentra actualmente inhabilitado para relacionarse con deportistas u otras personas, basándose en el artículo 2.10 del Código Mundial Antidopaje 2015(Asociación Prohibida).


La Lista de Asociación Prohibida, creada a raíz de las informaciones proporcionadas por las Agencias Nacionales Antidopaje (NADOs ONADs) muestra que 114 personas, consideradas como personal de apoyo del deportista, están inhabilitadas para trabajar con deportistas en virtud del artículo 2.10 del Código Mundial.

Bajo esta norma, se prohíbe a los deportistas y otras personas trabajar con personal de apoyo que se encuentre actualmente sancionado o que haya sido sancionado en los seis años anteriores por una violación de las reglas antidopaje.

Para que un deportista sea sancionado en base a la violación de la regla de 'Asociación Prohibida', debe haber sido advertido previamente por escrito de las personas inhabilitadas por las Agencias Nacionales Antidopaje o la Agencia Mundial Antidopaje.

"La AMA está cada vez más convencida de que los deportistas no se dopan solos. A menudo hay un miembro de su entorno que le anima a hacer trampas” declara Craig Reedie, Presidente de AMA.

"Esta norma acerca de la Asociación Prohibida envía un mensaje claro a los deportistas: no os asociéis con individuos que hayan violado normas antidopaje, ya que podrían animarte a engañar y robar a tus compañeros su derecho a competir limpiamente” explicó Reedie.

Con la publicación de esta lista, AMA hace saber a los deportistas qué personas deben evitar si no quieren violar una norma antidopaje. Esta lista también ayudará a las Agencias Nacionales Antidopaje, ya que su responsabilidad es asesorar a los deportistas del personal de apoyo que está inhabilitado y de las consecuencias de esa asociación.

La lista será actualizada en la página web de la AMA de forma trimestral o con mayor frecuencia si se dispone de nueva información. Los detalles completos de la 'Asociación Prohibida' se pueden encontrar en el artículo 2.10 del Código Mundial Antidopaje. Los deportistas también pueden leer más acerca de la regla en la Guía de Referencia del Deportista.